Universidad Autónoma de Aguascalientes

42 años de autonomía constitucional

PDF | 492 | Hace 1 año | 17 junio, 2022

Francisco Javier Avelar González

Si se tiene en mente que universidades públicas como la nuestra tienen casi 80 años de considerarse legalmente autónomas, o que la UNAM y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí rondan o exceden el centenario de años como usufructuarias de este derecho, uno podría pensar que el título de este texto tiene un error evidente. Pero no es ese el caso: en la larga -y en algunos momentos tortuosa- historia de la construcción de la autonomía universitaria en México, esta ha sido discutida, reconocida y cuestionada por distintos gobiernos e instrumentos legislativos por más de un siglo, pero no fue sino hasta el nueve de junio de 1980 que se reconoció como un derecho constitucional. Después de casi un año de discusiones al respecto, en la fecha señalada se modificó la fracción VIII (hoy día es la VII) del artículo tercero constitucional, para expresar lo siguiente:

“Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el Apartado A del Artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere.”

Aclarado el aparente error de nuestro título, puede surgir la pregunta sobre la necesidad de llegar a algo tan delicado y de tan grandes proporciones como modificar la Carta Magna si, para efectos prácticos, tanto a nivel estatal como federal, nuestro país ya llevaba entre cuatro y cinco décadas de reconocer la responsabilidad del gobierno de proveer recursos a instituciones de educación superior, sin que ello le otorgara poder para utilizar a dichas instituciones ni entrometerse en las decisiones y acciones que estas tomaran a fin de cumplir con sus objetivos medulares (hablamos, por supuesto, de las universidades públicas que en su Ley Orgánica contaban con la estipulación de su autonomía). En otras palabras ¿no resultaba redundante o inútil elevar a nivel constitucional un concepto que ya estaba sobreentendido, y era valorado y respetado de manera general?

El cuestionamiento anterior es problemático por lo que asume como hechos. Para responderle se requiere aclarar que, en primer lugar, “sobreentender” un concepto o dejarlo a consideraciones poco uniformes o a interpretaciones abiertas puede ser bastante conflictivo. Cuando el término en cuestión implica algo tan complejo y delicado como la financiación, la gestión, el autogobierno, la libertad de cátedra y las acciones y decisiones de las universidades públicas autónomas, conviene que quede bien asentado su significado, con toda la claridad posible y en los textos constitutivos más altos (la ley orgánica de cada universidad y, por supuesto, la Constitución). No hacerlo de esta forma permitiría que se volvieran a vivir episodios como el que enfrentó la UNAM en 1933, cuando el Gobierno Federal modificó su Ley Orgánica (de la UNAM) para deslindarse de la responsabilidad de subsidiarla. Nótese cómo, en el entendimiento variopinto de aquella “autonomía”, el Poder Ejecutivo se adjudicaba la facultad de cambiar el documento constitutivo e identitario más importante de una casa de estudios, pero a la vez era capaz de argumentar que, dado que era una institución autónoma, debía conseguir por sí misma sus recursos sin que el gobierno tuviera obligaciones al respecto. Este conflicto duró doce años; es decir, hasta 1945, cuando se redactó y aprobó una nueva Ley Orgánica para la UNAM.

Históricamente, la autonomía de las universidades públicas en México ha sido una cuestión sometida a disputas cíclicas, en las que se han enfrentado posiciones entre universitarios, legisladores y gobernantes. También ahí radica la trampa de la pregunta formulada párrafos arriba. Como muestra con claridad el ejemplo que escogimos, la autonomía no siempre se ha tratado como algo valioso y respetado a plenitud entre la clase política. Más allá de lo sucedido con la máxima casa de estudios del país a mediados del siglo pasado, prácticamente todas las universidades públicas autónomas han sido presas, cada determinado número de años, de ataques y cuestionamientos a ese enorme pilar que les ha permitido buscar el conocimiento y el debate universal de las ideas, sin someterse a ideologías e intereses políticos de ningún grupo. Si con todo y fracción VII del artículo 3° constitucional diversos personajes externos han intentado entrometerse en decisiones tan medulares como la elección de rectores y autoridades de primer nivel, o la distribución de sus presupuestos o los procesos de admisión, permanencia y egreso de estudiantes, imaginemos lo que sucedería si no existiese ese dique constitucional de por medio.

Por lo ahora dicho, haber elevado a rango de derecho constitucional la autonomía universitaria, en los términos en los que se estableció el nueve de junio de 1980, es una de las más grandes conquistas de la educación y la búsqueda del conocimiento en el país. En el mismo tenor, fortalecer un sistema formativo de nivel superior, anclado en la libertad de cátedra, el pensamiento crítico y la libre discusión de las ideas, sin tendencias políticas ni ideológicas predeterminadas, ha sido uno de los pilares para el desarrollo de una sociedad plural y democrática. Sin demérito de todo lo anterior, debo decir que de cualquier forma ha habido una transformación paulatina pero muy clara de lo que significa ser una universidad autónoma. Para bien y para mal, por diversos mecanismos la autonomía se encuentra mucho más acotada que hace cuarenta años y eso ha abierto las puertas a nuevas reflexiones, con el objetivo de volver a replantearnos este medular concepto y de qué forma puede sostenerse y fortalecerse en el contexto y con las reglas de nuestra época… Hablando de esto último, aprovecho para hacer un comercial e invitarlos a descargar gratuitamente y leer el libro La autonomía universitaria en la coyuntura actual, editado por la UAA. En dicho volumen participa más de una veintena de especialistas de todo el país, que abordan este importante tema desde una amplia variedad de perspectivas. Dejo aquí el código QR para su descarga y ¡nos vemos la próxima semana!

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