¿PARA QUÉ SIRVE LA DEFENSORÍA?

La Defensoría fue creada para garantizar el libre ejercicio y la protección de los derechos de los universitarios; para escuchar, atender y orientar a la comunidad universitaria ante cualquier tipo de violación de los mismos.

Tiene la obligación de informar y orientar a la comunidad universitaria acerca de los temas relacionados con los derechos de los universitarios. Sus recomendaciones tienen carácter no vinculatorio, esto significa que las recomendaciones que emita deben ser ejecutadas por las autoridades universitarias de acuerdo sus respectivas funciones.

Además será una oficina de consulta, diálogo y de análisis de aquellas tareas o acciones que debieran emprenderse para mejorar la buena convivencia de la comunidad universitaria, así como para restablecer la confianza de las personas en el caso de aquellos problemas que se hayan presentado.

FUNCIONES

COMPETENCIA:

El Defensor de los Derechos Universitarios tendrá facultad para emitir recomendaciones, en los siguientes casos:

  1. Violaciones a la libertad de catedra en perjuicio de un docente.
  2. Alguna autoridad emita presión ya se por razones ideológicas, políticas o religiosas.
  3. Se establezcan distinciones, prerrogativas, privilegios o canonjías por razón de sexo o nacionalidad.
  4. Alguna autoridad sea omisa en el cumplimiento de sus obligaciones y se afecte un derecho individual.
  5. En casos de acoso, discriminación o violencia en el ámbito institucional.
  6. En cualquier otro asunto que afecte un derecho individual de un miembro de la comunidad universitaria.

LA DDU NO TIENE COMPETENCIA EN:

  1. Afectaciones de carácter colectivo.
  2. Afectaciones de naturaleza laboral.
  3. Resoluciones disciplinarias.
  4. Evaluaciones académicas de profesores.
  5. Comisiones dictaminadoras.
  6. Consejos internos o técnicos.
  7. En general en aquellas violaciones que puedan impugnarse por otras vías establecidas por la legislación universitaria.